Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda librar ORDEN DE CAPTURA al PENADO JHONNY DE JESUS ABREU GOMEZ, de nacionalidad Venezolana, natural del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fecha de nacimiento 23-01-1989, de 21 años de Edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.550.476, de Estado Civil soltero, de Profesión u Oficio Obrero, hijo de EDILIA RAMONA GOMEZ y RAMON ENRIQUE ABREU, residenciado en Haticos por debajo, sector La Arreaga, calle 129, casa 129-35, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el Ordinal 1° del Artículo 46 de la Constitución Bolivariana de la Republica de Venezuela.- Ofíciese a todos los Cuerpos Policiales, remitiendo la respectiva Boleta de CAPTURA y a la Cárcel Nacional de Maracaibo, a objeto de remitir la Boleta de Encarcelación. Asimismo, noti.....