DISPOSITIVO
Por los Fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos y la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: Declara: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por el ciudadano NOEL NAVARRO MONTIEL y la demandada C.A. HIDROLÓGICA DEL LAGO DE MARACAIBO (HIDROLAGO) por intermedio de su apoderada judicial ALJADYS COQUIES, en el juicio que por CALIFICACIÓN DE DESPIDO tiene incoado por el mencionado ciudadano en contra de ésta sociedad mercantil, todos plenamente identificadas en las actas procesales. Como consecuencia se resuelve:
PRIMERO: Se homologa el acuerdo de pago de la cantidad de DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.18.653,79).
SEGUN.....