Por los fundamentos expuestos este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA declarar CON LUGAR la Revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad en Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad a favor del Imputado YENDRI ANTONIO PEREZ FERREIRA, Venezolano, natural de Maracaibo, de 23 años de edad, soltero, de oficio Ayudante en puesto de Comida, titular de la cedula de identidad N° 16.728.211, nacido el día 09-12-81, hijo de Antonia Elena Pérez Ferreira y Tulio Antonio Carrero, residenciado en el Sector El Manzanillo, Barrio Corazón de Jesús, calle 13 con avenida 22, Casa N° 22-15, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinales 3 y 4, esto es, presentación periódica en la sede del despacho cada treinta (30) en la sede del despacho .....