Por los razonamientos anteriormente vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la pretensión por motivo de COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, interpuso la ciudadana YARLIN DEL CARMEN GASCON TERAN contra la sociedad mercantil BINGO OJEDA, CA, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar:
PRIMERO: la suma de tres mil trescientos treinta y tres bolívares con doce céntimos (Bs.3.333,12) por los conceptos laborales debidamente detallados en el cuerpo de este fallo.
SEGUNDO: los intereses moratorios y el ajuste o corrección monetaria de las sumas de dinero condenadas a pagar en el particular anterior, en la forma indicada en el cuerpo de este fallo.
TERCERO: se condena a l.....