Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela; y por Autoridad de la Ley, declara:
1.) SIN LUGAR, la demanda de REIVINDICACION, seguida por el ciudadano MAXIMO GREGORIO ANDRADE JIMÉNEZ contra el ciudadano LEOPOLDO RODRÍGUEZ, identificados en actas; que se refiere al inmueble ubicado en la calle Uno (1), de la Urbanización de la F.AC., Las Acacias, sector Las 40, No.166-B, Parroquia Ambrosio, Municipio Cabimas del Estado Zulia, compuesto por una casa y terreno que presenta un área aproximadamente de 281,60 mts2, con los linderos siguientes: Norte, casa No.166-Á; Sur, Calle 7 de la Urbanización F.A.C., Las Acacias; Este, Su frente, Calle Uno de la misma Urbanización FAC; y por el Oeste, linda con casa No.156-B, y la casa construida sobre el terreno deslindado; con las siguientes depend.....