En el día hábil de hoy,16 de Febrero de 2017, siendo las 11:41 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado José Pons en representación de la demandante y EXPRESOS PERIJA COMPAÑIA ANONIMA en su condición de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Dorti Colina, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará a la demandante la cantidad de ochocientos mil bolívares (Bs. 800.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.