Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado MANUEL RAMON GONZALEZ, Venezolano, Natural de Maracaibo, Albañil, 56 años de edad, titular de la cédula de identidad No 3.648.757, Fecha de Nacimiento 30-05-48, hijo de Ilda Margarita Rivas y Manuel González, residenciado Sector Palo Negro, avenida 106, casa No 19-52, a cincuenta metros del depósito Gilberto González del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de OCHO (8) MESES de prisión mas las accesorias de ley, así como a las Accesorias Legales de ley que contienen los Artículos 16 del Código Penal, esto es, La Inhabilitación política durante el tiempo de la condena y (*) La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena, terminada ésta y 266 del Código Orgánico Pr.....