En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE ORDENA la APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO de la presente causa seguida en contra del acusado, ciudadano ELIS JOSE CHANGAROTE ZAMBRANO, venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad No. 15.282.180, soltero, de oficio comerciante, hijo de Eligio Changarote e Irene Zambrano, residenciado en la Avenida principal de la Pomona, Calle 106A-5, Casa No. 106A-100, Sector Santa Marta, Maracaibo-Estado Zulia, por la comisión del delito de Lesiones Intencionales Graves, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal, en perjuicio de GUSTAVO DANILO LUJANO LUZARDO; considerando este Tribunal perfectamente ajustado a derecho la calificación jurídica señalada por la representación fiscal, todo conforme a lo dispuesto en el ordinal 2º del Articulo 330 del Código Orgánico Proc.....