Por los fundamentos expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR la demanda de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada por la ciudadana MICHELLE LOREAN RECCA TORTOLERO, ya identificados.-
Que el Intendente de Seguridad del Municipio Cabimas del Estado Zulia, por ministerio de ésta decisión corrija la Partida de Nacimiento de la ciudadana MICHELLE LOREAN RECCA TORTOLERO, signada con el No.273, asentada en fecha quince de Enero del año 1982, en el sentido siguiente: en donde aparece "...EDITH FONTANELODE RECCA...", debe de leerse: "...EDITH TORTOLERO DE RECCA ...". Asimismo que el Registrador Principal del Estado Zulia, corrija la Partida de Nacimiento de la solicitante, signada con el No.273, asentada en al fecha anterior, en e.....