Por las razones que anteceden, este: Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara Y Ezequiel Zamora De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con lo previsto en los artículos 188, 189, 190 del Código Civil y 762 del Código de Procedimiento Civil, declara PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento de los ciudadanos: KARLA ROSMILY MATA DIAZ y NASSIFF TADEOS RONDON BORGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.322.029 y V-13.055.620, de este domicilio, debidamente asistidos por la Abogada MIGUELINA DEL CARMEN PEREZ PEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 101.302, de este domicilio y como consecuencia de tal pronunciamiento, queda disuelto el vinculo matrimonial que existió entre ambos ciudadanos, y que contrajeron en fecha di.....