Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha veinte (20) de Diciembre de 2016 por los abogados en ejercicio Víctor Ávila González y Eduardo Daw González, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nº 126.706 y 231.227 respectivamente, en representación de la parte demandada sociedad mercantil SUPER ENNE 2000 72, C.A., representación que se evidencian de instrumento poder agregado a las actas procesales y el abogado José Noroño, inpreabogado N° 175.673, asistiendo al ciudadano REDNY DE JESUS REYES AGUILAR, en su condición de parte actora, plenamente identificada en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a la demandante la cantidad de ochocientos veinticinco mil setecientos cinco bolívares con veintisiete céntimos (Bs. 825.705,27). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripci.....