PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por la ciudadana TATIANA MARIA ARAUJO OLMEDO, y los demandados TOSTADAS HERMANOS LOPEZ, C.A. y el ciudadano VICTOR SEGUNDO LOPEZ MARIN, por la cantidad de TRENTA MIL BOLIVARES (Bs.30.000,oo), serán pagados de la siguiente forma: 1) La suma de Bs.15.000 en fecha 22 de julio de 2013, 2) La suma de Bs.3.000,oo en fecha 29 de julio de 2013, 3) La suma de Bs.3000,oo en fecha 05 de agosto de 2013, 4) La suma de Bs.3000,oo en fecha 12 de agosto de 2013, 5) La suma de Bs.3000,oo en fecha 19 de agosto de 2013, y 6) La suma de Bs.3.000,oo en fecha 26 de agosto de 2013. Acordando las partes que en caso de que existan vacaciones judiciales los pagos que queden para ese lapso se realizarán el primer lunes hábil siguiente a las vacaciones judiciales.
SEGUNDO: El tribunal se abstiene de archivar el expediente hasta que conste en los autos el cumplimiento del presente acuerdo transaccional