III
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE JUICIO DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida en contra del imputado EZEQUIEL ALBERTO RIVAS FEREIRA, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad 9.796.170, natural de Maracaibo, Estado Zulia, hijo de Elvia Fereira y Ezequiel Rivas, domiciliado en la avenida 2C, calle 74, sector El Milagro, Municipio Maracaibo, casa N° 2B-60, cerca del Colegio Bustamante , Maracaibo Estado Zulia, en conformidad con lo dispuesto en el Artículos 318, Ordinal 1º, del Código Orgánico Procesal Penal, acogiendo así la solicitud Fiscal.
Regístrese esta decisión; déjese copia en archivo; notifíquese a la Víctima.
EL JUEZ,
ABOG. RUBIS GOMEZ VIVAS.
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