DECISIÓN
En mérito de las razones expuestas, ésta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana, Abogada en ejercicio y de este domicilio ROSIRIS MANJARRES, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano HUMBERTO ANTONIO MORA MORA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, en fecha 13 de noviembre de 2003, mediante la cual se acordó NEGAR al referido ciudadano el vehículo con las siguientes características: Clase Camioneta, Tipo Pick-up, Uso Carga, Marca Ford, Color Negro y Gris, Serial de Carrocería AJF1DC20320, Serial de Motor 6 Cilindros, Placa 157-EAB, de conformidad a lo establecido en los artículos 312 del Código Orgánico Procesal Penal y 607 del Código.....