Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Declara en Estado de ejecución la presente Sentencia y los respectivos cómputos de Ley, relacionado con el penado FRITZ HOLLAND RANGEL, de nacionalidad Venezolana, natural de Mene Grande, de 35 años de edad, casado, hijo de ALFREDO HOLLAND y CARMEN MARGARITA RANGEL DE HOLLAND, residenciado en la Urbanización La Rotaria, calle 81, Casa N ° 85-148, Primera Etapa, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente. Asimismo se ordena oficiar al Director del Centro Penitenciario de Maracaibo, a los fines de que trasladen al referido penado para el día 26-04-04, a las nueve (9:00) de la mañana, a la orden de éste Despacho. Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certifica.....