Este Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Constituido como Tribunal Unipersonal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara POR UNANIMIDAD "CULPABLE" a la ciudadana LISBETH EUGENIA ATENCIO MEDRANO, venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad N° 7.629.359, de 43 años de edad, fecha de nacimiento 11-04-63 hija de ELIO ATENCIO (D) y de AURA MEDRANO, de profesión Técnico Superior, residenciada en Avenida Nº 35 Sector Los Postes Negro, casa Nº 29D-114, Barrio San José, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, por su participación COMO AUTORA en la perpetración del delito de USO INDEBIDO DE DOCUMENTO PÚBLICO FALSO PARA PROCURARSE UN MEDIO PROBATORIO, denominado también por algunos autores como FALSIFICACION COMO MEDIO DE PRUEBA, previsto y sancionado en el artículo 324 del Código Penal vigente antes de la reforma parcial de 2005, actualm.....