Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA OTORGAR EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO, al penado DEIVIS CARMELO MATOS LOPEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad Nro. 16.353.756, de estado civil Soltero, de 22 años de edad, de profesión u ocupación Obrero, fecha de nacimiento 02-07-84, hijo de MANUEL ENRIQUE MATOS CORREA y ELVIRA LOPEZ, residenciado en: El Barrio La Estrella, avenida 10A, casa No. 2B-143 Sector La Rinconada del Estado Zulia, quien fuera condenado a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 460 en concordancia con el articulo 80 ambos del Código Penal, cometido en perjuicio del c.....