DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA REVOCAR EL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado JUAN CARLOS DONADO ARRIETA, colombiano, Natural de Maicao, de profesión u oficio Obrero, fecha de nacimiento 19-09-86, sin identificación personal, hijo de Sara Arrieta Torres y Ramón Antonio Donado, residenciado en Zaruma, Calle 6 cerca de la Bomba, por el Elevado de Zaruma, Maracaibo, Estado Zulia, por incumplimiento a las obligaciones impuestas, todo de conformidad con el Artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal.- Publíquese, Registrase, Notifíquese
LA JUEZA SEXTA DE EJECUCION.
ABG. ALBA REBECA HIDALGO HUGUET.
EL SECRETARIO,
ABOG. RICHARD ECHETO M.
En la misma fecha se registró la anterior resolución bajo.....