Este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta
por los ciudadanos IVONNE COROMOTO ANGARITA y ELIO JOSÉ CONTRERAS OROÑO, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 05 de Octubre de 2000, por ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, Acta No. 314.