declara:
a) CON LUGAR la demanda de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, intentada por la ciudadana BEATRIZ CECILIA PARTIDAS BRACHO, contra el ciudadano ROMULO ANTONIO SOTO RODRIGUEZ, a favor de la niña (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad), en virtud de ello, se atribuye la paternidad de la niña al ciudadano antes mencionada, con todas las consecuencias legales que ello implica, por lo que la niña, ahora en adelante llevara el primer apellido de su progenitor ciudadano ROMULO ANTONIO SOTO RODRIGUEZ.-
b) SE ORDENA OFICIAR al Registro Principal del Estado Zulia, y a la Jefatura Civil de la Parroquia san Francisco del Municipio San Francisco del Estado Zulia, a fin de que se sirvan estampar en el Acta de Nacimiento N° 1.026 de fecha veinticinco (25) de mayo de 2006, de ambos ejemplares llevados por dichos organismos, la nota marginal correspondiente a la filiación paterna atribuida al ciudadano ROMULO ANTONIO SOTO RODRIGUEZ sobre la niña de autos.
c.....