Por lo fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos JAVIER ENRIQUE MACHADO MORENO y MARIA ISOLINA DEL CARMEN PEREA GARCIA, plenamente identificados en las actas. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que ellos habían contraído el día veinticuatro (24) de diciembre de Mil Novecientos Noventa y Cinco (1995), por ante la Alcaldía del Concejo Municipal del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, según consta en la copia certificada del Acta de Matrimonio No. 28, que corre inserto en las actas, en el folio (04) del expediente. ASI SE DECLARA.
No hay pronunciamientos en cuanto a los hijos por manifestar los solicitantes no haber procreado hijos durante la unión matrimonial.
No hay condena en co.....