Se inicia el presente procedimiento por Prestaciones Sociales intentado por el ciudadano JEAN CARLOS URDANETA, titular de la cédula de identidad No. 15.765.995 contra ZUÑIGA CENTRO MEDICO JUAN PABLO II, C.A, EZEQUIEL ORDOÑEZ GARCÌA, GERARDO HERNÀNDEZ CASTELLANOS, FERNANDO MEDINA GARCÌA, y GILBERT HERNÀNDEZ MELENDEZ, OFTAL MEDI C.A., DIAZ ZUÑIGA Y VELAZQUEZ C.A. (DIZUVECA), siendo consignado el libelo de demanda el día 13/08/09, procediendo este Juzgado Octavo en fecha 16/09/09 a recibir dicha demanda y posteriormente en fecha 18/09/09 se Admitió la presente demanda, librándose en esa misma fecha los respectivos carteles de notificación a la parte demandada de autos. Se evidencia de las actas procesales en el presente asunto que en fecha 27/01/10 la actora solicita al Tribunal se practique la notificación de la demandada indicando una nueva dirección.
Ahora bien, desde esa fecha esto es veintisiete (27) de Enero de 2010, hasta el día de hoy veintidós (22) de Febrero de 2017.....