Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano MARCOS TERAN PÉREZ, sin identificación plena, ni domicilio en actas, por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal Venezolano Vigente para la fecha de cometido el hecho, cometido en perjuicio de los ciudadanos JAVIER ANTONIO APONTE LA CRUZ, Venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, mayor de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 10.241.550, hijo de Javier Antonio Aponte (D), y de María Celina La Cruz, residenciado en el Barrio 20 de Mayo, calle 9, casa N° 13-67, Santa Bárbara, Municipio Colón del Estado Zulia, y EDIXON GRANADILLO, sin identifi.....