Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Declara el CUMPUTO CON REDENCIÓN relacionado con el penado RAMIRO ANTONIO PÁEZ, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Carpintero, Indocumentado, hijo de María Elena Páez y de Dirimo Páez, y residenciado en el Barrio Nueva Delicias, Casa sin número, al frente del Bar La Florida, Machiques de Perijá del Estado Zulia, resultando redimido el lapso de: UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES, DOS (02) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, todo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 64, 479 Y 482, Ultimo Aparte todos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 2 y 3 de la Ley de Redención Judicial.-