En el día hábil de hoy, 23 de Marzo de 2007, siendo las 2:28 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la apoderada judicial abogada Mayra Machado en representación del demandante y HACIENDA EL CARMEN en su carácter de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Ernesto Rincón Torrealba, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada le cancelará a el demandante la cantidad de dieciocho millones de bolívares (Bs. 18.000.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.