Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD CONYUGAL sigue la ciudadana FELIPA PENICHE CHAVEZ en contra del ciudadano DELIO RINCÓN PALMAR, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR los reparos graves efectuados por la representación judicial de la parte demandada, con respecto al Informe del Partidor presentado en fecha 5 de marzo de 2020, en virtud de resultar PROCEDENTES los reparos opuestos con relación a las acciones de las compañías EXCLUSIVA ELECTRICAS ORIENTE, C.A y EXCLUSIVAS ELECTRICAS, C.A. (EXCELCA), que forman parte de la comunidad conyugal y que fueron objeto de partición en la sentencia definitiva dictada en la presente causa, en consecuencia;
SEGUNDO: SE ORDENA al Partidor presentar un nuevo informe con la .....