Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA al ciudadano NELFONSO JOSE OLIVA, titular de la cédula de identidad N° 12.443.949, de nacionalidad Venezolano, natural de Maracaibo, 29 años de edad, fecha de nacimiento 12-10-74, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinido, hijo de NELFONSO FUENMAYOR y NANCY OLIVA residenciado en el sector la Pomona, calle 105, casa 18ª-216, teléfono 7237935 Maracaibo, Estado Zulia de conformidad con lo previsto en los 46 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, a sufrir la pena de de DOS (2) AÑOS, DIEZ (10) MESES, CATORCE (14) DÍAS y OCHO (8) HORAS DE PRISION, más las accesorias de Ley contempladas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTE DEL DELITO Y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos sancionados en los artícul.....