PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho JUAN CARLOS OMANA LUDVIC, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 178.946, en su carácter de defensor de los ciudadanos CLARIBETH VICENTA GONZALEZ FERNANDEZ, MAYRA ALEJANDRA GONZALEZ y JORGE LUIS PIMENTEL MOLERO, contra la decisión N° 2C-318-18, dictada en fecha 24 de Abril de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: A partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de cinco (05) días hábiles para dictar la decisión correspondiente, conforme lo prevé el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.