SE CONDENA, por el procedimiento por ADMISION DE LOS HECHOS, al acusado RAMON DEL CRISTO REYES MONTIEL, quien dijo ser y llamarse como ha quedado escrito, de nacionalidad Colombiana, natural del Departamento Cristo Rey, Profesión u Oficio vigilante, Estado Civil soltero, de 35 años de edad, titular de la cédula de Identidad Nro V-22.368.668, Hijo de Encarnación Reyes y de Teresa Montiel, Residenciado en: Barrio El Manzanillo, Avenida 3, N° 98-24C , Maracaibo, Estado Zulia, a cumplir la pena UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio del ORDEN PUBLICO, pena esta que terminara de cumplir en el establecimiento carcelario que designe el Juez de Ejecución, que por distribución le corresponda conocer de la presente causa. Remítase en su oportunidad legal.