SE ORDENA LA APERTURA A JUICIO ORAL Y PUBLICO, del acusado ÁNGEL SEGUNDO LEAL ALVARADO, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 18 años de edad, soltero, profesión u oficio ayudante de electricidad, 17-02-87, titular de la cédula de identidad N° V-19.838.386, hijo de Ramón Leal y de Deisy Alvarado, y residenciado en el Barrio La Lucha, casa 11-15, Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EJECUTADO CON ALEVOSÍA, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1° del Código Penal, cometido en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de JHON CARLOS PÁEZ RUBIO. Se mantiene la Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra del referido ciudadano, por cuanto las circunstancias por las cuales le fue decretada la privación judicial preventiva de libertad, no han variado hasta la presente fecha. Así mismo se instruye a la Secretaria de este Tribunal para que remita las actuaciones al Tribunal de Juicio que le corresponda con.....