Se inicia el presente procedimiento por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales de ciudadano ULISES ANZOLA HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad No. 8.552.659 contra la sociedad mercantil CENTRO RAFAEL URDANETA, C.A, siendo consignado el libelo de demanda el día 11/04/12, procediendo este Juzgado Octavo en fecha once (11) de Abril de 2012 a recibir dicha demanda posteriormente se ordeno al demandante corregir el libelo de demanda, librándose en esa misma fecha los respectivos boletas de notificación al la demandante. El día 23/05/12 el Alguacil Héctor Rincón expone se traslada a la notificación indicada en la boleta de notificación siendo imposible notificar ya que toco en varias oportunidades y nadie atendió el llamado.
Ahora bien, desde esa fecha esto es once (11) de Abril de 2012, hasta el día de hoy veinticinco (25) de Abril de 2017, ha transcurrido más de un (1) año, sin actividad procesal alguna.
Extinguida la instancia por el fatal transcurso del la.....