Vista y revisada como ha sido la transacción presentada en fecha veintidós (22) de Abril de 2009 por el abogado en ejercicio Luís Navarro Rojas, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 34.602, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada INVERSIONES PARA, C.A. (PRACA) y la abogada Rosario A. Carmona Martínez, inpreabogado N° 39.445 representando a los ciudadanos SAIDA PÉREZ y HOVER GARCÍA en su condición de parte actora, plenamente identificado en actas. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción en la cual la parte demandada paga a los demandante la cantidad total de treinta mil bolívares fuertes (Bs.F. 30.000,00). Este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO.