Por los fundamentos expuestos, este Juez Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE CUSTODIA, intentada por el ciudadano EDGAR YOSUE ZAMBRANO LENNON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.748.575, domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, contra la ciudadana NACARID NOHEMI BORJAS HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.484.441, domiciliada en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
- PROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, mediante diligencia presentada por el ciudadano EDGAR YOSUE ZAMBRANO LENNON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.748.575, domiciliado en el Muni.....