En el día hábil de hoy, 25 de Noviembre de 2009, siendo las 3:35 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la ciudadana ANDREA SUAREZ REVEROL en su carácter de parte actora asistida por la apoderada judicial abogada Yetsy Urribarri en su condición de Procuradora de Trabajadores y EXCELL, C.A. en su carácter de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Yasmira Oliveros, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada paga en este acto a la demandante la cantidad de cinco mil bolívares (Bs. 5.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.