DISPOSITIVA
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Noveno de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÒN PENAL, conforme a lo previsto en el numeral 5 del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, conforme a lo previsto en el numeral 5 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 322, 323 y 324 Ejusdem, se decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida en contra del ciudadano JOSÉ IGNACIO TABARES ARRIETA, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.296.867, soltero, de 27 años de edad, hijo de José Miguel Tabares y Nora Arrieta, domiciliado en el 18 de Octubre, avenida 1 A, casa N° GH-38, a 100 mts. de la Clínica 18 de Octubre, Maracaibo Estado Zulia, por la comisión del delito USO INDEBIDO D.....