DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda instaurada por el ciudadano LISANDRO RAFAEL ARIAS URDANETA en contra de la sociedad mercantil INGENIEROS CONSULTORES, C.A.
SEGUNDO Se condena a la demandada INGENIEROS CONSULTORES, C.A., a pagar al ciudadano LISANDRO RAFAEL ARIAS URDANETA, la cantidad de SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMO (Bs. 62.477,51) mas los intereses de mora e indexación posteriores a la presente publicación.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por no haberse producido un vencimiento total, ello conforme las previsiones del artículo 59.....