DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por el ciudadano JESÚS LIZARAZO y la demandada MUNICIPIO JESÚS ENRIQUE LOSSADA, y la HIDROLÓGICA DEL LAGO DE MARACAIBO (HIDROLAGO) en su condición de demandada solidaria, todos plenamente identificadas en las actas procesales, por la cantidad de la cantidad de DOSCIENTOS VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs.220.000,oo), para ser pagadas de la forma siguiente: La cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs.25.000,oo) durante el ejercicio fiscal 2010 y el monto restante la cantidad de CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs.195.000,oo) durante el ejercicio fiscal 20.....