Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ADMITE LA REFORMA REALIZADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO EN LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Trigésima Quinta del Ministerio Público, en contra del acusado ERNESTO MIRANDA GUZMAN, por la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A NIÑA AGRAVADO, previsto y sancionado en el Encabezamiento del articulo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el articulo 217 Ejusdem, y el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en le articulo 41 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña SE OMITE LA IDENTIDAD, de conformidad a lo establecido en el artículo 330.2 del C.....