Este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos LUIS ALBERTO PORTILLO Y SIBEIDA VIOLETA QUERALES FERNÁNDEZ, ambos ya identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día diez (10) de Enero de Mil Novecientos Setenta y Ocho (1978), por ante el Prefecto y Secretario encargados del Municipio Cacique Mara Distrito Maracaibo del Estado Zulia, Acta No. 36.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que durante la vigencia matrimonial procrearon dos (02) hijos de nombres: Belkis Elena y Daniel Alberto Portillo Querales, actualmente mayores de edad, y no adquirieron bienes que liquidar.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo de conformidad .....