DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO DEL RÉGIMEN PROCESAL PARA EL NUEVO RÉGIMEN Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNCISIÓN DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción realizada por el accionante MIGUEL ORDOÑEZ, ya identificado, y la sociedad mercantil BOMDECO, C.A, todos plenamente identificados, por lo que se le da el carácter de cosa juzgada.
PRIMERO: Se homologa el acuerdo de pago de DIECIOCHO MIL BOLÍVARES (Bs.18.000,oo), los cuales serán cancelados por la empresa en dos (2) partes, por la cantidad de NUEVE MIL BOLÍVARES (Bs.9.000,oo) cada una, en fechas 05-02 y 12-02 del año en curso, los cuales serán cancelados ante el Tribunal en sendos cheques de gerencia.
SEGUNDO: El Tribunal se abstiene de archivar el expediente has.....