Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a
DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, ha incoado la ciudadana CARMEN PAULINA PLATA CUELLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nº V- 22.255.650, domiciliada en el municipio Autónomo San Francisco del estado Zulia, en representación de la ciudadana KENYI KARILIS CUELLO PLATA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.985.591, domiciliada en el municipio Plaza del estado Miranda, en contra del ciudadano JOSE LEONARDO MELANDRI PIRELA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V.....