Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Colón y Francisco Javier Pulgar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA SU COMPETENCIA para sustanciar, conocer y decidir este procedimiento laboral admitido el día 21 de Febrero de 2002, en donde no se ha dado contestación al fondo de la demanda, incoada por NELLY JOSEFINA VALLES FEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.845.662 y domiciliada en el Barrio Sierra Maestra de la población Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, en contra del ciudadano ALFREDO DE JESUS HERRERA GAIBAO, quien es mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.752.807, en su condición de propietario del local comercial denominado ¿NOVEDADES REINA¿, y por vía de consecuencia, ORDENA LA REMISION DE ESTAS ACTUACIONES EN ORIGINAL al Juzgado Primero de Sustanciac.....