DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por DAYANA DEL CARMEN GARCIA contra RASMIEL URRIETA, ya identificados, y en consecuencia:
PRIMERA: La disolución del vinculo conyugal contraído por las partes ante la Jefatura Civil de la Parroquia La Victoria del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, hoy Registro Civil de la Parroquia La Victoria del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, en fecha 09 de Marzo del año 2007. –
SEGUNDA: Se condena en costas a la parte demandada por haber sido vencida en esta instancia, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-