Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE REGIMEN ABIERTO al Penado ROQUE ALEJANDRO URDANETA ESCALANTE, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, Estado Zulia, fecha de nacimiento 17-02-86, de 22 años de edad, de estado civil Soltero, de oficio Seguridad, titular de la cedula de identidad N° V-17.414.865, hijo de SIRIE ESCALANTE y ROQUE URDANETA, residenciado en el Barrio Sudamericano, Edificio Paraguay, Piso 1, Apto 1D, Maracaibo, Estado Zulia, en virtud que el mismo no cumple con el requisito establecido en el en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, y en atención a las Recomendaciones realizadas por e.....