DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud que encabeza las actas procesales de este asunto y que fue presentada de mutuo acuerdo por los ciudadanos ALEJANDRO JOSÉ INCIARTE BRACHO y DENIREX DEL CARMEN URDANETA LEÓN.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud planteada y en consecuencia DISUELTO el VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron los ciudadanos ALEJANDRO JOSÉ INCIARTE BRACHO y DENIREX DEL CARMEN URDANETA LEÓN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-19.408.429 y V-20.371.349, en su orden, en fecha primero (01) de abril del año dos mil once (2011), por ante la Registradora Civil Parroqu.....