DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículo 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud que encabeza las actas procesales de este asunto y que fue presentada por el Ciudadano JOVITO DEL CARMEN BRACHO CARDOZO.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud planteada y en tal sentido suficientes los derechos que le corresponden a los ciudadanos JOVITO DEL CARMEN BRACHO CARDOZO, BELICA DEL CARMEN CARDOZO DE BRACHO, JOVITO ENRIQUE BRACHO CARDOZO, JOVITO ANTONIO BRACHO CARDOZO y BELICA RAMONA BRACHO CARDOZO, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad personal números: V-14.49.....