Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
Decisiones del dia 29/07/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Cabimas.
Paginas 1 [Total de sentencias: 1] Página 1 de 1
N° Expediente : VP21-L-2009-000800 N° Sentencia : Fecha: 29/07/2010
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
CHARLES ALEXANDER PACHECO TERAN Y RAFAEL SEGUNDO VERA MONTILLA, CONTRA LA EMPRESA PROYECTO ODESA, COMPAÑÍA ANÓNIMA
Resumen:
Visto que la parte actora no corrigió el libelo de la demanda que inició la presente causa dentro del lapso de los dos (02) días hábiles siguientes de que constara en actas su notificación, según lo indicado en el auto de fecha: 02/10/2009, este Juzgado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: del juicio seguido por los ciudadanos: CHARLES ALEXANDER PACHECO TERAN Y RAFAEL SEGUNDO VERA MONTILLA, contra la empresa PROYECTO ODESA, COMPAÑÍA ANÓNIMA por motivo de DEMANDA LABORAL POR RETARDO EN EL PAGO DE LA LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES. ASI SE DECIDE. Publíquese. Igualmente se ordena hacer cómputo por secretaria de los días hábiles transcurridos desde el día siguiente a la constancia en actas de la notificación del demandante y el Segundo (2do.) día hábil para la subsanación. Se ordena notificar a la parte demandante de la presente decisión. Abg. MARIA AUXILIADORA CUBA JUEZ 3° S M E Abg. NORELIS MINDIOLA SECRETARIA .....
Juez/Ponente:
Maria Auxiliadora Cuba
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo. Extensión Cabimas.
arriba

Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados