DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA N° 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ALEXANDER MIGUEL MEDINA SALAZAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 168.727, en su carácter de defensor del imputado JORGE LUIS CORONADO ALVARADO, titular de la cédula de identidad N° 25.660.335, en contra de la decisión N° 980-14 de fecha 26 de julio de 2014, emanada del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad, a la referida ciudadana.
SEGUNDO: Se CONFIRMA contra de la decisión N° 980-14 de fecha 26 de julio de 2014, emanada del Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial.....