Por todo lo anteriormente expuesto ESTE JUZGADO CUARTO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, en contra del acusado EDUARDO JOSE MOLERO GONZALEZpor la presunta comisión del delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y VIOLENCIA FISICA previstos y sancionados en los artículo 40 y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana, de conformidad con lo establecido en el Artículo 313 Ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO, SE ADMITEN LAS PRUEBAS ofrecidas por el Ministerio Público, TERCERO: Se Admite la comunidad de la prueba a favor del acusado de autos. CUARTO: SE SUSPENDE EL PROCESO en la.....