En fecha cuatro (4) de Junio de 2009, ambas partes, comparecieron ante este Órgano Jurisdiccional y presentaron escrito de convenimiento. En consecuencia, este Tribunal le IMPARTE SU APROBACIÓN AL REFERIDO CONVENIMIENTO, en los términos y condiciones expuestos y le da el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil.
Por observar que las partes solicitaron al Tribunal que se abstenga de archivar las actuaciones hasta tanto no haya constancia en actas de haberse cumplido con el pago de las obligaciones establecidas en el convenio, a lo cual se provee de conformidad, en consecuencia, el expediente no podrá archivarse hasta que en sus actas conste el cumplimiento del convenimiento suscrito; asimismo, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, para lo cual se insta a consignar las copias fotostáticas correspondientes.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Déjese copia certificada po.....